Permiso para
las Ventas a Domicilio
PROCESO PARA OBTENER EL PERMISO
1er paso: ¡Registre sus huellas digitales!
Para poder ser considerado para recibir un Permiso para las Ventas
a Domicilio, debe ir a la oficina del Alguacil del Condado de Orange
con el fin de que le tomen las huellas digitales. El costo para
la toma de las huellas digitales es de $9,00 (únicamente
en efectivo.) Esto puede realizarlo en los siguientes sitios, pero
tenga presente que debe programar su cita en el primer lugar. Ud.
debe presentar la tarjeta original de huellas digitales para poder
solicitar el permiso:
2400 West 33rd Street
Orlando, Florida, 32839
Teléfono: (407) 836-4018
Citas: 9:00 A.M. - 12:00 P.M.
Huellas digitales: 1:00 - 4:00 P.M.
2do Paso: ¡Solicite el permiso!
Traiga la tarjeta de huellas digitales a la Secretaría
del Condado de Orange para llenar la solicitud de la Aplicación
para el Permiso para las Ventas a Domicilio. En ese momento
le tomaremos dos fotos para incluirlas en el permiso. Llene la
aplicación
y pague la tarifa correspondiente de $35,00. El pago debe ser realizado
mediante cheque de gerencia, giro postal o en efectivo. Usted también
necesitará traer una orden del cheque o de dinero en la
cantidad de $23,00, hecha pagadera al departamento de la Florida
de la aplicación de ley para el proceso de sus huellas digitales. La
tarifa no es reembolsable. Estamos ubicados en el siguiente sitio:
Secretaria el Tribunal, Condado de Orange
Oficina de Pasaportes de la División Civil, Sala 355
425 North Orange Ave., Orlando, Florida, 32801
Teléfono: (407) 836-6321
¿Qué sucede después?
Sus huellas digitales y la aplicación serán enviadas
al Departamento de Policía de la Florida para el procesamiento
a nivel del estado y a la oficina del Alguacil del Condado de Orange
para que se realice una investigación de antecedentes criminales.
Tanto el Alguacil como el Departamento de Policía de la
Florida tienen un periodo de seis días para reportarle a
la Secretaría del Tribunal del Circuito luego de haber recibido
las huellas digitales y copia de la aplicación. Si su aplicación
es aprobada, la Secretaría emitirá y enviará el
permiso a la dirección del empleador que aparece en su aplicación.
Si Ud. trabaja por su cuenta, su permiso será enviado a
su la dirección local que Ud. colocó en su aplicación.
Si su permiso no es aprobado, la Secretaría del Tribunal
le notificará mediante una carta enviada por correo certificado
a la dirección que aparece en la aplicación. Puede
solicitar una copia de los estatutos con un costo de $1,00 por
página.
El Permiso para la Ventas a Domicilio es valido por un periodo
de un año a partir de la fecha de emisión.
Clerk
Cost: $35,00
FDLE Cost: $23,00
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INFORMACIÓN SOBRE EL PERMISO
¿Quién debe portar un permiso?
Según el Capitulo 501 de los Estatutos de
la Florida: La Protección al Consumidor toma en cuenta las
Ventas a Domicilio y menciona que es contra la ley que cualquier
persona realice ventas a domicilio... en este estado sin primero
haber obtenido un Permiso válido para las Ventas a Domicilio,
según lo estipulado en esta sección (Estatutos de
la Florida número 501.022.) En otras palabras, si Ud. tiene
la intención de vender un producto o servicio de puerta
a puerta en el Condado de Orange, es posible que Ud. deba solicitar
este permiso.
¿Cuánto cuesta este permiso?
El costo para obtener el permiso de parte de la Secretaría
del Tribunal es de $58,00. Esto incluye dos honorarios que se deban
pagar por separado: el honorario del vendedor es $35,00 y el honorario
de FDLE que es $23,00.Esto no incluye la
tarifa correspondiente a la toma de huellas digitales, la cual
debe pagarse
en la oficina
del Alguacil antes de solicitar el permiso.
¿Qué necesito para solicitar el permiso?
Deberá llenar una aplicación para obtener
el permiso y hará falta traer una identificación
validá con su fotografía (licencia de conducir o
identificación con fotografía emitida por el estado),
una tarjeta de huellas digitales previamente llenada, la cual puede
obtener en cualquier agencia local de los cuerpos policiales, y
el pago de $35,00, en efectivo, cheque de gerencia o giro postal
(pagadero a nombre de la Secretaría del Tribunal.) Tenga
en mente que hay otras leyes relacionadas con el tipo de licencia
que Ud. debe obtener para poder realizar ciertos tipos de trabajo
en el Condado de Orange. Los contratistas potenciales deben consultar
el Capítulo 489 relativo a las Contrataciones, con el fin
de ver si Ud. debe obtener una licencia ocupacional, una certificación
o un registro. Si es necesario que Ud. obtenga una licencia de
Contratista para realizar negocios en el Condado de Orange, le
sugerimos que la obtenga antes de solicitar el Permiso para las
Ventas a Domicilio.
¿Quién está exento?
La ley dicta que muchos tipos de vendedores o “agentes” estas
excluidos de la operación de esta sección. Vale la
pena que lea el estatuto número 501.022 (1)(b) de la Ley
de la Florida, para ver si esto le aplica a Ud. Esta ley dicta
que los vendedores, o agentes que realicen llamadas de ventas a
nombre de instituciones religiosas, caritativas, científicas,
educacionales o de veteranos u organizaciones que tengan un certificado
de exención de impuestos, están exentos según
la sección 212.08(7).
¿Qué más debo saber?
La Ley de la Florida requiere que “cada venta
a domicilio quede evidenciada mediante un acuerdo por escrito” según
el Estatuto 501.031 que trata sobre el acuerdo por escrito relacionado
a las Ventas a Domicilio. Visite la sección de leyes de
su biblioteca local o visite la página www.MyFlorida.com y seleccione “Buscar en los Estatutos de la Florida” para
entender los requisitos legales de este acuerdo.

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